Un juzgado de Girona ha condenado a CatalunyaCaixa por haber vendido participaciones preferentes de manera irregular a una clienta. La sentencia obliga a la entidad a devolver los 6.000 euros que la mujer, sin ser consciente, había invertido en este producto financiero. Los hechos se remontan a febrero de 2010 cuando la clienta, que se quería comprar un coche, firmó la orden de compra de las preferentes creyendo que se trataba de un depósito a plazo.
Además de obligar CatalunyaCaixa a devolver todo el dinero, la sentencia condena a la entidad a pagar los intereses y las costas del proceso judicial. Uno de los abogados de la afectada, Andrés Ruiz, resalta que la decisión confirma "la mala praxis" que hubo. La mujer, clienta de CatalunyaCaixa en Salt (Gironès), se dejó asesorar por uno de los trabajadores de la entidad y, sin ser consciente, acabó comprando participaciones preferentes.
"Meses más tarde, cuando la clienta se dio cuenta, intentó recuperar el dinero, pero el entidad le dijo que era imposible y que tampoco se podía hacer cargo ", precisa el abogado. La mujer contactó entonces con los abogados que presentaron una demanda contra CatalunyaCaixa en los juzgados de Girona. En el escrito, solicitaban que la orden de compra de las acciones preferentes se declarase nula, ya que la mujer-mal asesorada-había terminado comprando un producto financiero de alto riesgo sin saberlo.
El Juzgado de Primera Instancia Número 3 de Girona fijó el juicio pero no fue necesario celebrar la vista, porque la misma CatalunyaCaixa (mediante un escrito) admitió los hechos. En el escrito, el magistrado constata que CatalunyaCaixa actuó con "mala fe" a la hora de vender el producto a la clienta. Además, el juez también riñe la entidad para que, aunque la afectada, antes de iniciar la vía judicial, reclamó repetidas veces que le devolvieran el dinero, la entidad le hizo "caso omiso".
Según indica Andrés Ruiz, esta sentencia abre un camino a la hora de reclamar contra la venta irregular de estos productos financieros de alto riesgo por parte de las entidades. "Se trata de la primera sentencia de condena dictada en Cataluña, y la segunda en el Estado, sobre participaciones preferentes emitidas por una entidad financiera española", dice el abogado.
Información tomada de La Vanguardia
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