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miércoles, 16 de diciembre de 2015


FALSA FACTURA RECIBIDA POR EMAIL TE QUIERE INFECTAR TU ORDENADOR

Se ha identificado una campaña activa de correos fraudulentos que utilizan la ingeniería social para instalar malware en los ordenadores de los usuarios que sean víctimas del engaño. Esta vez, como en otras ocasiones, el pretexto utilizado por los ciberdelincuentes es el supuesto reenvío de una factura que no pudo enviarse porque era muy grande el fichero.

Recursos afectados

Potencialmente cualquier usuario que haga uso del correo electrónico y reciba un correo malicioso de las características descritas en este aviso de seguridad.

Solución

Si has recibido un correo de estas características y has descargado y ejecutado el fichero, es posible que el ordenador se haya infectado con un malware. Es importante analizarlo con un antivirus para comprobar si estás infectado y de ser así, poder desinfectarlo lo antes posible para evitar problemas de seguridad.

Si tienes problemas con la eliminación, desde la OSI, ofrecemos los siguientes servicios de ayuda: Atención telefónica en el 901 111 121 o Buzón de incidentes.
Evita ser víctima de este tipo de fraudes siguiendo nuestras recomendaciones:
  • No abras correos de usuarios desconocidos o que no hayas solicitado, elimínalos directamente.
  • No contestes en ningún caso a estos correos.
  • Precaución al seguir enlaces en correos aunque sean de contactos conocidos.
  • Precaución al descargar ficheros adjuntos de correos aunque sean de contactos conocidos.

Por último, no olvides realizar copias de seguridad de forma regular. Debido a los efectos de los últimos virus aparecidos, como por ejemplo el “virus de Correos”, conviene tener alguna copia de seguridad en soportes que no se puedan modificar como DVDR, ya que dichos virus pueden cifrar ficheros en todas las unidades conectadas al sistema infectado (C:\, D:\, etc.) provocando la pérdida de la información almacenada.

Detalles

La ingeniería social es utilizada por los delincuentes para intentar engañarnos de muchas formas diferentes con el objetivo de acceder a información privada, infectar el ordenador con algún tipo de malware, robar datos bancarios, etc.
En nuestros sistemas de monitorización se han recibido en la última hora más de 1.500 correos fraudulentos, cuyo propósito es infectar con malware los ordenadores de los usuarios que caigan en la trampa de descargar el adjunto y tratar de abrirlo con un doble clic.
Captura del mail de la falsa factura
Hasta este momento todos los correos detectados tienen el mismo asunto:
  • URGENTISIMO Factura
Aunque no se descarta la aparición de nuevos correos que utilicen otros asuntos. Los correos electrónicos tienen el siguiente mensaje:
“Buenas tardes:
Efectivamente, la factura estaba devuelta por tener demasiado peso y no poder entrar en el servidor.
Esta mañana la han enviado comprimida , para que la puedan abrir.
Espero ya la tengáis.
Un saludo, y muchas gracias, “
Además el correo incluye un adjunto que simula ser un fichero pdf comprimido con el siguiente nombre:
  • FACTURA Nº 092616 REGISTRO 593426-3 PDF.zip
Si se descarga y ejecuta el fichero, el ordenador quedará infectado con el malware detectado:
Captura de las detecciones de Virustotal para ese fichero adjunto
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Información obtenida de 



martes, 15 de diciembre de 2015


CAMBIO DE REGULACIÓN SEMAFÓRICA Y ÓPTICAS EN ROTONDA DEL IKEA-GORNAL



Nos ha llegado desde el Servicio de mantenimiento que está previsto el cambio de regulador semafórico y todo el conjunto de ópticas del Cruce Granvia - Can Trias - Salvador Espriu Miércoles, 16 de deiciembre de 2015 De 8 de la mañana a las 16 horas. Os adjunto plano del lugar exacto

domingo, 13 de diciembre de 2015


CÓMO ES EL NUEVO SISTEMA DE BAJAS QUE HA ENTRADO EN VIGOR EL 1 DE DICIEMBRE DE 2015


bajas_0.JPG
























El martes día 1 ha entrado en vigor Real Decreto que regula la incapacidad temporal en todos sus aspectos, y que incluye un nuevo sistema de bajas y altas médicas. Los médicos facultativos deberán detallar en el parte médico de baja la duración estimada del proceso, dividiéndola entre muy corta (inferior a cinco días naturales), corta (de cinco a 30 días naturales), media (de 31 a 61 días) y larga (más de 61 días).



  1. Partes médicos
    Ahora los partes médicos irán asociados a la duración estimada de cada proceso. Así, los médicos facultativos deberán detallar en el parte médico de baja la duración estimada del proceso, dividiéndola entre muy corta (inferior a cinco días naturales), corta (de cinco a 30 días naturales), media (de 31 a 61 días) y larga (más de 61 días).
    Esta previsión de baja podrá ser actualizada en cualquier momento, en función de cómo evolucione la salud del trabajador. Para facilitar la tarea, el médico podrá usar como referencia las tablas de duración óptimas de las distintas patologías.
    Cuando el profesional considere que se trata de un proceso de duración estimada muy corta, podrá emitir el parte de baja y alta en el mismo acto, lo que evita segundas visitas por parte del trabajador o sus familiares al centro de salud.
    En el resto de los casos, en el parte figurará la fecha de la siguiente revisión médica, que deberá efectuarse la primera vez el séptimo día del parte de baja para los casos de duración corta y media, y al decimocuarto día en bajas de duración que se hayan estimado largas.                                                                                                                                                                                                                                                             
  2.  Copias a la empresa
    El trabajador sigue teniendo la obligación de presentar en su empresa una copia de la baja. Deberá hacerlo en un plazo de tres días desde su expedición. También tendrá que entregar el parte de alta. Una vez firmado, contará con 24 horas para hacerlo.
  3. Más informes médicos
    En las bajas de duración superior a 30 días, junto con el segundo parte de confirmación el médico elaborará un informe médico complementario, en el que incluirá tus dolencias, el tratamiento que ha prescrito, las pruebas que hayan realizado, la evolución de las dolencias y su incidencia sobre la capacidad funcional. Cada dos partes, el médico tendrá que actualizar este informe.
    Los médicos se verán obligados a realizar un elevado número de informes, hasta 8 o 9 en las bajas que agoten el plazo legal de un año.
  4. Bajas en urgencias o en el hospital
    El nuevo modelo dispone que el parte médico de baja de incapacidad temporal, cualquiera que sea la contingencia determinante, se expedirá inmediatamente después del reconocimiento médico del trabajador, por el facultativo del servicio público de salud que lo realice. Esto obligará a realizar el procedimiento de baja y seguimiento en servicios de Urgencia y en Hospitales.
    Hasta ahora, la proximidad de los centros de salud al domicilio del paciente era el motivo principal para asumir la gestión de la incapacidad temporal por los médicos de familia, a pesar de que la mayor parte de las incapacidades de media y larga duración se deben a procesos complejos de seguimiento en atención hospitalaria.
  5. Qué pasa si la baja supera los 365 días
    Por otro lado, cuando la duración de la enfermedad supere los 365 días, el control del proceso de incapacidad pasará al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). El alta, en el caso de una baja por enfermedad común, se expedirá siempre por el médico, bien por el servicio público de salud, bien por el Inspector Médico del INSS.
    Las mutuas podrán formular una solicitud de alta a la Inspección Médica del Servicio Público de Salud y posteriormente al INSS si la Inspección no contesta en un plazo de cinco días o si el Servicio Público de Salud deniega el alta. El INSS deberá contestar en un plazo de cuatro días. Si el proceso de incapacidad deriva de accidente laboral o enfermedad profesional,/strong> el médico de la mutua podrá expedir el alta una vez realizados los reconocimientos médicos oportunos, tal y como sucede actualmente.
  6. Y si estoy actualmente de baja
    Los nuevos modelos de partes médicos se utilizarán en los procesos de incapacidad temporal que estén en curso a fecha de hoy y no hayan superado los 365 días. Ahora bien, dichos modelos así como los informes que los complementan se expedirán con la periodicidad y respecto de los datos obligatorios exigidos por la normativa anterior.
    Este nuevo sistema de partes médicos así como los nuevos modelos de partes de baja/alta y confirmación de la baja serán de aplicación a los períodos de recaída en procesos de incapacidad temporal iniciados antes de hoy cuando la nueva baja médica se expida con posterioridad. 
Información facilitada por   LAINFORMACIÓN.COM

viernes, 11 de diciembre de 2015


CONSEJOS A LA HORA DE CONDUCIR AL AMANECER Y ANOCHECER


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MANIFESTACIÓN PARA PEDIR INSTALACIÓN DE ASCENSORES EN LA ESTACIÓN BELLVITGE-GORNAL



Televisió L'Hospitalet a L'Hdigital. 3 Diciembre 2015L'Associació de Discapacitats es manifesta per l'accessibilitat de l'estació de Bellvitge-Gornal