Indica a tu compañía que no quieres recibir publicidad.
Si quieres dejar de recibir comunicaciones publicitarias lo primero que debes hacer es ponerte en contacto con tu compañía telefónica. Debes explicarles que no quieres que tus datos se utilicen para ningún fin comercial. Con ello, conseguirás evitar no sólo la publicidad de tu compañía, sino de cualquier otra. Pide que tu conversación quede grabada para que haya constancia de tu petición.
Las empresas de red fija y móvil tienen la obligación de ceder los datos de sus abonados a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT). Esta asociación, de carácter estatal, recopila la información en el sistema de gestión de los datos de los abonados (SGDA). Las compañías telefónicas deben indicar, por cada cliente, si desean o no recibir comunicaciones comerciales (sms, correos electrónicos, cartas o llamadas), tal como aparece en la foto de este paso, cedida por la propia CMT.
Cuando llamas a tu compañía, ésta tiene la obligación de actualizar tus datos. Ninguna empresa podrá acceder a ellos para fines comerciales si tú no lo deseas
.
No te pueden llamar desde número oculto.
La ley 29/2009, de 30 de diciembre, de Competencia Desleal y Publicidad define en su artículo 29 como práctica agresiva "realizar propuestas no deseadas y reiteradas por medios de comunicación a distancia". Por este motivo, la legislación ampara al consumidor para que pueda mostrar su negativa a recibir más publicidad.
Para conseguir que los procesos sancionadores sean más eficaces, esta ley obliga a que las llamadas deban realizarse "desde un número de teléfono identificable".
Inscríbete de forma gratuita en la lista Robinson.
La lista Robinson "te permite seleccionar de qué empresa no deseas recibir comunicados". Iñaki Uriarte es el responsable de asuntos jurídicos de la Asociación Española de la Economía Digital (Adigital), organismo al que pertenece este "fichero de exclusión publicitaria". Esta lista lleva más de 20 años ayudando a los consumidores a evitar la publicidad no deseada.
El portavoz jurídico de Adigital manifiesta que "mucha gente se queja de la publicidad pero no sabe cómo remediar el problema". Por ello defiende la lista Robinson. Un sistema que define como "gratuito, accesible y libre de trabas".
Para inscribirte debes darte de alta en su formulario 'online' con tus datos personales. Uriarte añade que el usuario puede darse de baja de la lista en "cualquier momento" y, también, sin coste alguno.
Las compañías telefónicas acceden a esta lista para encontrar el público objetivo en el que promocionarse. De forma automática localizan a los individuos que no desean ninguna comunicación comercial. Sabrán que no tienes intención de contratar ningún servicio y no te enviarán más publicidad.
"Las compañías abusan de sus derechos para promocionar ofertas".
Asociaciones de consumidores como ASGECO exigen sistemas más eficientes a las autoridades para controlar el llamado 'spam telefónico'. Según explican, "las ofertas publicitarias podrían interesarte en algún momento, pero las compañías abusan de sus derechos para promocionar las ofertas".
Muchas veces, estas llamadas se realizan "a horas improcedentes" y generan el rechazo del consumidor. Por ello, es crucial ejercer tus derechos y "pedir que no recibas más publicidad".
Si te siguen llamando, puedes denunciar.
Si después de hablar con el servicio de atención al cliente de tu compañía y pedir que tus datos no se utilicen para fines comerciales, las llamadas continúan puedes denunciar. Debes rellenar el formulario de demanda de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y presentarlo en el registro de este organismo. Puedes informarte acerca de este proceso a través del teléfono de la AEPD: 91.266.35.17.
Algunos clientes ya han conseguido indemnizaciones.
El proceso sancionador contra las empresas telefónicas es cada vez más eficaz. En el año 2011, por ejemplo, la empresa France Telecom, a la que pertenece la marca Orange, fue obligada a pagar 5.000 euros a un consumidor. El individuo en cuestión se había inscrito en la lista Robinson y seguía recibiendo comunicaciones publicitarias. La sentencia dictaminó que se había producido una infracción en el "tratamiento de los datos" (artículo 6 de la Ley Orgánica de Protección de Datos) "tipificada como delito".
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viernes, 10 de enero de 2014
Cómo evitar las llamadas de publicidad de las empresas telefónicas
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