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viernes, 9 de enero de 2015


BAJADA DEL IRPF SI ERES FAMILIA NUMEROSA

La familia numerosa es la que está formada por tres o más hijos o, en su caso, dos hijos si uno de ellos tiene una discapacidad superior al 33%.  Las familias numerosas podrán solicitar una bajada en el IRPF que se incluirá en la declaración  del 2015.

    Formulario 143 de la Agencia Tributaria.
    Las familias numerosas deberán solicitar la bajada del IRPF a partir del 7 de enero del 2015. Las peticiones deberán presentarse por Internet aunque, desde el 3 de febrero, también se podrá realizar en las oficinas de la Agencia Tributaria -imprimiendo previamente el formulario pertinente-.
    Accede a la web de Agencia Tributaria y localiza el modelo 143. El nombre completo de este formulario es: Abono anticipado deducciones de familia numerosa y discapacidad.

    Presenta tu solicitud.
    Para rellenar el formulario tienes que disponer del DNI electrónico o el PIN 24H creado en la anterior campaña de la declaración de la renta.
    También podrás presentar la solicitud por teléfono en el número 901 200 345. Deberás aportar el importe de la casilla 415 de la declaración del IRPF de 2013, o año de nacimiento y nombre de un pagador en caso de que no haya presentado declaración del IRPF en 2013.
      Dos tipos de solicitud.
      Existen dos tipos de solicitud de abono anticipado:
      - Solicitud colectiva: deberá presentarse por todos los solicitantes que pudieran tener derecho a la deducción. El abono de la deducción se efectuará mensualmente mediante transferencia bancaria a quien figure como primer solicitante, por importe de 100 euros por cada familia numerosa.
      - Solicitud individual: Se abonará a cada solicitante.
        Requisitos para acceder a la ayuda.
          Para poder solicitar el abono anticipado para las deducciones en el IRPF, deberás estar en posesión del título en vigor de familia numerosa o la certificación de discapacidad del descendiente o ascendiente.
            Además, todos los solicitantes, deben disponer de número de identificación fiscal (NIF) sin el cual no se podrá realizar el abono de manera anticipada. Los solicitantes -o el primer solicitante si se realiza de forma colectiva- también deberán estar dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.

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